La formación profesional para el empleo se podrá impartir en las siguientes modalidades: presencial, teleformación y mixto[1]. En el caso de ser una modalidad de teleformación la parte presencial debería ocupar menos del 20% del total, mientras que en una modalidad mixta la presencialidad sería mayor del 20% del total. Veamos, con más detalle, cada una de estas modalidades de impartición.
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Modalidad
presencial: Se
organizará en grupos de 30 participantes como máximo. En la formación vinculada
con certificados de profesionalidad el máximo será de 25 participantes. Habrá
que tener en cuenta también los requisitos mínimos de espacio exigidos para
cada certificado. Por ejemplo, este certificado de profesionalidad se exige
tener un aula técnica de 60 m2 para 25 alumnos.
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Modalidad
teleformación:
Es obligatorio disponer de una plataforma virtual de aprendizaje que
asegure la gestión de los contenidos, actividades y evaluación, así como el
seguimiento y comunicación con todos los participantes de la acción formativa.
Deberá haber, como mínimo, un tutor por cada 80 participantes con una
dedicación de 40 horas semanales. Las tutorías presenciales respetarán
el número máximo de alumnado para los que estuviera acreditada la entidad en
modalidad presencial.
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Modalidad
mixta: Se
aplicarán los límites señalados en las modalidades anteriores.
Esquema-resumen
de las modalidades de formación
[1] Según el Real
Decreto 189/2013, de 15 de marzo, la formación referida a los certificados de
profesionalidad podrá impartirse en modalidad presencial y teleformación.
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